Cobro de créditos otorgados por bancos y cooperativas

Dentro de las consultas que más son realizadas a Legall Colombia se encuentra el cobro de créditos realizados con bancos y cooperativas, es está una de las preocupaciones constantes de las personas, por ello en este post brindaremos algunas respuestas básicas que te ayudaran a despejar algunas dudas:

  1. Sí tengo una demanda por el cobro de un crédito en mi contra y llegó a un acuerdo de pago con el banco, el cual estoy cumpliendo: ¿El banco está obligado a retirar la demanda?

Respuesta:

  • No existe una obligación legal para que el banco retire la demanda.
  • El retiro o desistimiento de una demanda es voluntad del demandante
  • Artículos 85 y 314 del código general del proceso

2. ¿Tener una demanda en mi contra me genera algún impedimento legal?

  • Tener una demanda civil por cobro de créditos no genera impedimentos legales
  • Usted puede contratar con el estado, con particulares, salir del país, etc.

3. ¿Existe algún monto o porcentaje mínimo legal para lograr un acuerdo de pago con bancos o cooperativa?

  • Tal como su nombre lo indica, el acuerdo de pago implica la voluntad de ambas partes para lograr un acuerdo que permita o evite instancias judiciales
  • El Código Civil colombiano en sus artículos 1494 y 1602 indica que las obligaciones nacen de la voluntad de las personas y lo pactado es ley entre las partes